Servicios

Materia Familiar

El conciliador en materia de familia velará que los acuerdos que puedan adoptar las partes sea más conveniente para el (los) menor (es), privilegiando y salvaguardando el interés Superior del Niño.

derecho_de_familia_1-1400x1000

Materia Civil

Se aplica en conflictos referidos a derechos y obligaciones originados, tales como relaciones de propiedad, obligaciones y contratos no mercantiles contraídos entre ellos, y en general relaciones y situaciones jurídicas de contenido patrimonial.

 

shutterstock_75421405
img_4766

Contrataciones con el Estado

En Materia de Contrataciones con el Estado, conforme a la Ley N°30225, Ley de Contrataciones con el Estado y su Reglamento, aprobado mediante el Dectro Supremo N°350-2015-EF, se consideraran conciliables no excluyentes, las que accontinuación se indican:

  • Liquidación de Contrato
  • Resolución de contrato
  • Ampliación de Plazo Contractual
  • Recepción y conformidad de obra
  • Valorizaciones o metrados
  • Resarcimiento de daños y perjuicios
  • Defectos o Vicios ocultos
  • Obligaciones posteriores al pago
  • Pagos
  • Conformidad de Obra o Servicio